Preguntas Frecuentes
Preguntas Frecuentes
Póliza y nómina
¿Cómo pago la cuota de ART?
Deberás generar el volante electrónico de pago (VEP), en función de la DDJJ mensual (F931) para el período correspondiente.
En todos los casos, la cuota se calcula por mes completo, aún cuando la cobertura se haya iniciado con posterioridad al inicio del mes. En estos casos, Asociart ART retiene el importe por el período correspondiente al riesgo cubierto y transfiere el premio por el período no cubierto al “Fondo de Garantía” constituido por la SRT (Resolución 77/96).
¿Cómo calculo la cuota de ART?
Las prestaciones previstas en la Ley 24.557 se financian mediante una cuota mensual a cargo del empleador para aquellos que se encuentren dados de alta bajo el Régimen General (RG).
El pago de dicha cuota es anticipado y, para su cálculo, deberás considerar la masa salarial y la nómina correspondientes al mes anterior al período de cobertura.
Ejemplo de cálculo de la cuota
- Masa salarial sujeta a aportes: $550.000
- Cantidad de trabajadores: 15
- Alícuota fija por trabajador: $200
- Alícuota variable sobre masa salarial sujeta a aportes: 5,630 %
Cálculo a realizar:
(15 × $200) + ($550.000 × 5,630 %)
Al valor resultante deberá adicionarse el monto fijo correspondiente al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales para el período que se liquida.
Para los empleadores del Régimen de Personal de Casas Particulares (Régimen Doméstico), el ente regulador determinará el valor de la cuota de acuerdo con la cantidad de horas declaradas trabajadas por el personal.
¿Qué es el Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales?
Es un fondo creado para financiar prestaciones dinerarias derivadas de enfermedades profesionales reconocidas como de naturaleza laboral en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto N°1278/00. Se financia con una suma fija por empleado asegurado a cargo del empleador.
