Guía de trámites

¿Qué necesitás resolver?

Altas y bajas de trabajadores

De acuerdo con la normativa vigente, todos los movimientos en la nómina de personal (altas y bajas) deberán ser registrados por el empleador a través del aplicativo ¨Mi Simplificación¨, administrado por la AFIP.

Los registros de ASOCIART ART son actualizados con las novedades ingresadas a través de “Mi Simplificación”, con lo cual no es necesario que nos envíes esta información.

En caso de requerir un Certificado de Cobertura con Nómina que incluya a algún trabajador agregado recientemente en “Mi Simplificación”, y que aún no veas reflejado en la nómina declarada en ASOCIART ART, podrás realizarlo desde Asociart online.

Recordá que para acceder a MI SIMPLIFICACIÓN deberás solicitar tu Clave Fiscal.

La cobertura de nuestro sistema está garantizada en cualquier lugar del mundo donde te encuentres trabajando, con las mismas características, alcances y prestaciones que a nivel local.

Para la utilización de la asistencia internacional, el empleador deberá enviar a ASOCIART ART la siguiente información con una anticipación mínima de 24 hs. al inicio del viaje:

  • Apellido y Nombre del trabajador que viajará
  • Número de C.U.I.L.
  • Destino
  • Fecha del viaje: desde – hasta

 

Los canales de comunicación habilitados para la activación de este servicio son:

  • Plataforma Asociart On Line: utilizando esta herramienta podrás generar en forma instantánea una Constancia de Cobertura Internacional para entregar al Trabajador, con todos los datos necesarios para la utilización del servicio en cualquier país del mundo.
  • Por correo electrónico a informacion@asociart.com.ar – indicando en el asunto: Cobertura Internacional.

A través de nuestra plataforma de gestión Asociart online podrás informar de manera ágil los cambios de trayectos u horario laboral de tus colaboradores.

Dentro de las 48 hs. de ocurrido el siniestro el Empleador deberá realizar la denuncia administrativa. Para ello dispone de las siguientes vías:

  • Asociart online: es la vía más rápida y cómoda para realizar las denuncias de siniestro. Este medio es suficiente constancia de su denuncia y no deberás enviar luego el formulario por otra vía.
  • Envío del formulario de denuncia: lo podés descargar desde aquí (sección Descarga de Formularios) y enviarlo por email a informacion@asociart.com.ar o entregarlo en la Sucursal Asociart más cercana a tu domicilio.

 

Qué hacer en caso de accidente

El RGRL (formulario de Relevamiento General de Riesgos Laborales) está destinado a verificar el estado de cumplimiento de la normativa vigente, según corresponda a la actividad de la Empresa y conforme con las Resoluciones SRT 463/09, 529/09, 741/10, 363/16 (P.E.S.E), 20/18 (P.E.S.E- PYMES), 25/18 (RGRL digital), y 46/18 (Póliza Digital).

Las mismas establecen la obligatoriedad por parte de los Empleadores de presentar el Formulario de Relevamiento General de Riesgos Laborales cuando:

  • No lo completara anteriormente
  • Tuviera altas de establecimientos
  • Se encuentre incluido en los Programas de Empleadores con Siniestralidad Elevada (P.E.S.E y P.E.S.E-PYMES)

Dicha documentación deberá ser presentada al momento de la afiliación o de la renovación de la póliza, o bien en las fechas establecidas en los Programas de Empleadores con Siniestralidad Elevada.

Documentación que deberás presentar / actualizar:

  • Declaración de Establecimientos Propios y de Terceros (en caso de corresponder), mediante nuestra página web o de forma presencial en la sucursal.
  • Formulario vía web del Relevamiento General de Riesgos Laborales, por cada uno de los establecimientos consignados en el formulario anterior.

La Resolución SRT 529/09 establece que las aseguradoras deberán denunciar a la SRT a los Empleadores que no hayan cumplido con la obligación de presentar la documentación mencionada.

Según lo establecido por la legislación, es responsabilidad del empleador mantener su domicilio actualizado ante la ART.

Por este motivo, te solicitamos que toda vez que se produzca un cambio de domicilio lo informes inmediatamente enviando el formulario “Planilla de modificación de datos“ completo a informacion@asociart.com.ar

 

Cualquier cambio o modificación que afecte a las condiciones de la póliza (razón social, código de actividad principal, etc.), deberá ser comunicado a ASOCIART ART, quien documentará este cambio a través de un endoso.

Casos especiales:

Cambio de CUIT: En caso de cambiar el número de CUIT deberá formalizarse un nuevo contrato.

Cambio de razón social: Deberá enviar la constancia de inscripción en la AFIP a  informacion@asociart.com.ar

Cancelación de inscripción al régimen nacional de la seguridad social: Cuando el empleador solicite la baja ante la AFIP por el cese de actividad del establecimiento o explotación, o declare no tener más trabajadores en relación de dependencia. Los formularios son: 929 o constancia de cancelación de inscripción al régimen nacional de la seguridad social que se gestiona a través de Internet de la AFIP. En el caso de que reanudase la actividad o volviese a tener personal en relación de dependencia, se deberá formalizar un nuevo contrato.

Agentes de Riesgo – Conforme con las resoluciones SRT N° 37/10 y  N° 13/18 (RAR DIGITAL)

Establece la obligatoriedad por parte de los empleadores de presentar ante la ART los trabajadores expuestos a agentes de riesgos para la realización de los exámenes médicos periódicos. Para cumplir con este requerimiento deberás presentar la Planilla de Relevamiento de Agentes de Riesgos (RAR), con nómina completa, al momento de afiliación o al momento de la renovación del contrato; luego de ello deberás mantenerla actualizada, en cualquier momento del año, en función de las altas de personal, cambios de puestos de trabajo, modificaciones en los procesos que afecten y requieran actualizar los agentes de riesgos declarados.

Podrás hacer tu presentación a través de Asociart Online  en el área de Prevención, clickeando luego en “RAR”. Allí podrás descargar el formulario, presentarlo, hacer seguimientos y obtener la versión consolidada de la Planilla RAR a modo de comprobante.

​​​​​​​​​​​​​También encontraras la planilla “Nómina de Personal Expuesto a Agentes de Riesgo” en la sección “Descarga de Formularios”, dentro del área Prevención.

Recordá que toda presentación, debe estar acompañada de la Documentación Técnica Respaldatoria (DTR) siempre en concordancia con lo declarado (Resolución SRT 301/11).

Ver infografía Relevamiento Agentes de Riesgo

Las prestaciones previstas en la Ley 24.557 se financian con una cuota mensual a cargo del empleador.

El pago de dicha cuota es anticipado. Para su cálculo deberás considerar la masa salarial y la nómina prevista para el primer mes de cobertura. Esta información se ajustará posteriormente con la presentación de la Declaración Jurada (Formulario 931 de la AFIP).

Ejemplo de Cálculo de la Cuota

DATOS

Masa salarial sujeta a aportes: $550.000

Cantidad de trabajadores: 15

DE ACUERDO A LA ACTIVIDAD Y NIVEL DE RIESGO

Alícuota fija acordada con la ART por cada trabajador asegurado: $200

Alícuota variable acordada con la ART sobre remuneraciones imponibles: 5,630%

CALCULO

(15 x $200) + ($550.000 x 5,630%)

Importante: al valor de la cuota se le deberá adicionar el monto correspondiente al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales

Pago de Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales

Los recursos del Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales están destinados a abonar las prestaciones dinerarias correspondientes a hipoacusias perceptivas bilaterales y a enfermedades reconocidas como de naturaleza laboral en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto n° 1278/00. Se financia con una suma fija por empleado asegurado a cargo del Empleador (este valor se actualiza en forma trimestral). Se debe depositar mediante el formulario 931 de Declaración Jurada. (Decreto 590/97).

Recordá
Que el pago de la cuota destinada al financiamiento de las prestaciones a cargo de las ART se efectúa a través de la AFIP. Ingresando al sitio www.afip.gov.ar deberás generar el volante electrónico de pago (VEP) de manera anticipada para el primer período de cobertura, y conjuntamente con la DDJJ mensual (F931 AFIP) para los siguientes períodos.

En todos los casos, la cuota se calcula por mes completo, aun cuando la cobertura se haya iniciado con posterioridad al inicio del mes. En estos casos, ASOCIART ART retiene el premio por el período correspondiente al riesgo cubierto y transfiere el premio por el período no cubierto al “Fondo de Garantía” constituido por la SRT (Resolución 77/96).

De acuerdo a la Ley 24.557, en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional con baja médica, los diez primeros días de los salarios caídos son a cargo del empleador. A partir del décimo primer día, correrán por cuenta de la ART.

A continuación, detallamos la documentación requerida en función de la modalidad de pago seleccionada (directa o reintegro):

 

Reintegro de ILT al Empleador

En caso de haber optado por la modalidad de Reintegro deberás cargar las copias de los recibos de sueldo de los meses a reintegrar en Asociart Online opción Pagos/Solicitud reintegros, para gestionar el reembolso de los salarios caídos. El pago, podrás solicitarlo a través de transferencia electrónica o cheque, retirándolo en el Banco ICBC.

El acuerdo, podrá dejarlo sin efecto tanto el Empleador como la Aseguradora al momento de la renovación automática del contrato, previa notificación fehaciente a la otra parte con una antelación de al menos noventa (90) días, debiendo la aseguradora continuar con los pagos a partir del vencimiento del contrato.

 

Pago Directo al Trabajador:

En caso de que no hayas optado por la opción de Reintegro, los salarios caídos de tus trabajadores desde el día 11 en adelante serán pagados en forma directa por ASOCIART ART en la Sucursal bancaria que se te informe o por transferencia electrónica. Los pagos se realizan el 4to. día hábil de cada mes.

Ver infografía Pago_ILT

Los trabajadores que se encuentran expuestos a agentes de riesgo deben realizar exámenes médicos en forma periódica. A los fines de concretar la realización de los mismos, deberás completar la planilla “Nómina de Personal Expuesto a Agentes de Riesgo” (Frente y Dorso) y enviarla a la sucursal más próxima a tu domicilio o bien cargarla a través de Asociart online.

Posteriormente, nos contactaremos para coordinar la realización de los estudios que correspondan a los dependientes. Recordá detallar la dirección y localidad del establecimiento, a fin de derivar a los trabajadores a los Centros Médicos ASOCIART o al prestador más conveniente.

Estos exámenes médicos son obligatorios y la falta de realización puede generar el rechazo de patologías laborales futuras que pudieran haberse evitado en caso de su detección en tiempo y forma.

En los casos que por excepción la empresa o el trabajador accidentado hubieran abonado algún gasto de farmacia o viáticos, podrás gestionar ante ASOCIART ART el reintegro adjuntando la siguiente documentación:

Colectivos: planilla de SUBE con viajes

Taxi/ Remis primera consulta exclusivamente: factura B o C o ticket de pago original

Taxi/ Remis consultas posteriores: factura B o C o ticket de pago original

Farmacia: ticket de pago, fotocopia de la receta/ prescripción médica

Dependiendo de tu actividad, es posible que necesites obtener con cierta regularidad Certificados de Cobertura que acrediten tu afiliación a ASOCIART ART.

A través de la plataforma web Asociart Online podrás gestionar los certificados de cobertura en cualquier momento en que lo necesites. Los certificados que podrás emitir son:

• Certificado de Afiliación
• Certificado de Afiliación con nómina
• Cláusula de no repetición
• Renovación automática

Asimismo podrás programar el envío para que el sistema los remita en forma automática en las fechas y casillas de email que indiques (Funcionalidad “Agenda de certificados”).