Seguro Colectivo de Vida Obligatorio

San Cristóbal Seguros Generales te ofrece el Seguro Colectivo de Vida Obligatorio – Decreto N° 1567. Constituye una cobertura que el Empleador debe contratar en forma obligatoria a favor de sus empleados.

Cobertura

  • Muerte exclusivamente, por cualquier causa, las 24 hs.
  • La prestación es independiente de cualquier otro beneficio social, seguro o indemnización de cualquier especie que se fije o haya sido fijada por ley, convención colectiva de trabajo o disposiciones de seguridad social.

Costo

Está a cargo del Empleador y es de $175,89 por mes y por persona. No se cobran recargos ni impuestos. A este valor se le deberá adicionar junto con la emisión y en cada renovación anual, el derecho de emisión, el cual se determina en función de la cantidad de asegurados.
De 1 a 15 vidas: $12
26 a 50 vidas: $17
Más de 50 vidas: $25

Exclusiones
Quedan excluidos de esta cobertura los trabajadores rurales permanentes amparados en la Ley N° 16.600 y los trabajadores contratados por un término menor a un mes.

Suma asegurada
La suma asegurada será el equivalente a 5,5 Salarios Mínimos Vitales y Móviles, la cual será comunicada anualmente por la SSN con antelación a fin de proceder con los ajustes necesarios. A partir del 01 de marzo de 2024 la misma asciende a $858.000.

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Medicina empresarial

San Cristóbal Seguros Generales te ofrece el Seguro Colectivo de Vida Obligatorio – Decreto N° 1567. Constituye una cobertura que el Empleador debe contratar en forma obligatoria a favor de sus empleados.

Cobertura

  • Muerte exclusivamente, por cualquier causa, las 24 hs.
  • La prestación es independiente de cualquier otro beneficio social, seguro o indemnización de cualquier especie que se fije o haya sido fijada por ley, convención colectiva de trabajo o disposiciones de seguridad social.

Costo

Está a cargo del Empleador y es de $37,21 por mes y por persona. No se cobran recargos ni impuestos. A este valor se le deberá adicionar junto con la emisión y en cada renovación anual, el derecho de emisión, el cual se determina en función de la cantidad de asegurados.
De 1 a 15 vidas: $12
26 a 50 vidas: $17
Más de 50 vidas: $25

Exclusiones
Quedan excluidos de esta cobertura los trabajadores rurales permanentes amparados en la Ley N° 16.600 y los trabajadores contratados por un término menor a un mes.

Suma asegurada
La suma asegurada será el equivalente a 5,5 Salarios Mínimos Vitales y Móviles, la cual será comunicada anualmente por la SSN con antelación a fin de proceder con los ajustes necesarios. A partir del 01 de marzo de 2022 la misma asciende a $181.500.

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